EES en 2026: qué deben saber los ciudadanos georgianos antes de viajar a Europa
El Sistema de Entradas y Salidas de la UE comenzó a funcionar plenamente el 10 de abril de 2026 en 29 países europeos. Así afectan a los viajeros georgianos el registro fronterizo, los datos biométricos y la regla de los 90 días en 180.
El Sistema de Entradas y Salidas de la UE (EES) comenzó a funcionar plenamente el 10 de abril de 2026 en las fronteras exteriores de los 29 países europeos participantes. Para los ciudadanos georgianos, esto significa que las entradas y salidas para estancias cortas se registran electrónicamente y que, en el procedimiento fronterizo correspondiente, se recogen imágenes faciales y huellas dactilares en lugar de depender solo de los sellos del pasaporte.
¿Cambió el EES el régimen sin visado para los georgianos?
Para quienes poseen un pasaporte ordinario georgiano, el régimen de exención de visado para estancias cortas es una cuestión distinta; el EES no lo suprime automáticamente. Los viajeros aún deben cumplir los requisitos de entrada, entre ellos permanecer como máximo 90 días en cualquier período móvil de 180 días, disponer de medios económicos suficientes, acreditar un motivo de viaje creíble y presentar circunstancias que respalden su salida.
Un documento oficial de la UE de marzo de 2026 también explica que una medida temporal afectó a titulares de pasaportes georgianos diplomáticos, de servicio y oficiales. No equivale a una prohibición automática de viajar por turismo con un pasaporte ordinario. Confundir estas categorías puede provocar errores importantes.
Cómo funciona el EES
- Crea un registro electrónico de entradas y salidas de nacionales de países no pertenecientes a la UE.
- Registra datos biográficos y, cuando corresponde, biométricos.
- Facilita controles de permanencias excesivas, documentos falsos y riesgos de entradas repetidas.
- Utilice la herramienta oficial del EES para calcular la regla de los 90 días en 180, especialmente si viajó durante el período de transición.
La guía oficial de la UE advierte que, hasta el 6 de octubre de 2026, la respuesta en línea puede ser incompleta para algunos titulares de visados de una o dos entradas si una entrada anterior, entre el 12 de octubre de 2025 y el 9 de abril de 2026, no quedó registrada en el EES.
Qué hacer ante una denegación o un error en el registro
Pida que le indiquen el motivo y conserve todos los documentos: pasaporte, billete, alojamiento, seguro, prueba de medios económicos y calendario exacto de viajes. Si una entrada o salida consta incorrectamente, contacte con la autoridad fronteriza o el canal de protección de datos correspondiente del país donde surgió el problema.
Un abogado georgiano puede ayudar a ordenar las pruebas, comunicarse con un consulado, analizar los motivos y determinar si el problema se refiere a datos inexactos, condiciones del visado o de la exención de visado, o fundamento jurídico de la denegación. Esto no garantiza la anulación de una decisión fronteriza.
Lista práctica
- Planifique sus estancias dentro del límite de 90 días en 180 y lleve su propio calendario.
- No se base únicamente en los antiguos sellos del pasaporte; utilice la herramienta oficial del EES.
- Lleve pruebas del propósito del viaje, alojamiento, medios económicos y planes de regreso.
- Aplique por separado las reglas para pasaportes ordinarios y para los diplomáticos, de servicio u oficiales.
Preguntas frecuentes
- ¿El EES es un visado? No. Es un sistema de registro de entradas y salidas.
- ¿Todos los viajeros deben dar sus huellas de inmediato? El procedimiento puede variar según la fase de implantación y el trámite fronterizo.
- ¿Puede un abogado georgiano anular una denegación de entrada de la UE? Puede evaluar sus fundamentos y ayudar ante la autoridad competente, pero el resultado depende del procedimiento concreto.
Fuentes primarias: Consejo de la UE, resumen del Sistema de Entradas y Salidas: https://www.consilium.europa.eu/en/policies/entryexit-system/ ; preguntas frecuentes sobre el EES: https://travel-europe.europa.eu/ees/ltr/faq ; calculadora de estancia del EES: https://travel-europe.europa.eu/en/ees/check-how-long-you-can-stay ; documento de la UE sobre las medidas relativas a pasaportes georgianos: https://data.consilium.europa.eu/doc/document/WK-3738-2026-INIT/en/pdf
AvisoEsta publicación ofrece información general y no constituye asesoramiento jurídico individualizado.